5 ejemplos de cómo hacer recomendaciones efectivas

Si tiene una idea que ayudará a su empresa, hable y haga una recomendación. No solo ayudará a su empresa, sino que también podría ayudar a su carrera. La forma en que se recibe su recomendación y los pasos que se le pide que tome dependerán de la cultura de su organización. Si a un gerente le gusta su idea, es posible que desee discutirla informalmente durante el almuerzo, o puede pedirle que presente su idea al equipo de alta gerencia en la sala de juntas.

Antes de acercarse a la gerencia con cualquier recomendación, primero póngala por escrito. Hay tres buenas razones para esto, incluso si su recomendación será una discusión informal. Escribir sus ideas lo hará:

  • Aclare sus pensamientos a través del acto de escribir
  • Servir como notas a las que puede consultar durante su discusión
  • Proporcione a su gerente un registro escrito para referirse más tarde

Un cuarto beneficio, si tiene un gerente sin escrúpulos, es que un registro escrito lo desanimará de reclamar crédito por su idea.

Si su recomendación requerirá una cantidad significativa de tiempo y dinero, su gerente puede solicitarle una propuesta de negocio formal. Como explica Hubspot, una propuesta formal a menudo requiere mucha más información, incluida una página de título; sus calificaciones para abordar el problema; y una estimación de los costos involucrados.

Hay tres componentes principales para cualquier recomendación comercial: debe identificar el problema, identificar una solución y abordar cualquier problema adicional que su solución pueda crear. Si recomienda a un amigo para un trabajo, son fáciles de identificar. El problema es que la compañía necesita contratar a alguien y la solución es que su amigo sería una gran contratación, y asumirá que esto no causará problemas adicionales.

¿Cómo se realiza una recomendación?

En cuanto a cualquier algoritmo de aprendizaje automático, necesitamos poder evaluar el rendimiento de nuestros sistemas de recomendación para decidir qué algoritmo se ajusta a la mejor situación. Los métodos de evaluación para los sistemas de recomendación se pueden dividir principalmente en dos conjuntos: evaluación basada en métricas y evaluación bien definidas basadas principalmente en el juicio humano y la estimación de la satisfacción.

Si nuestro sistema de recomendación se basa en un modelo que genera valores numéricos, como predicciones de calificaciones o probabilidades de coincidencia, podemos evaluar la calidad de estas salidas de manera muy clásica utilizando una métrica de medición de error, como, por ejemplo, un error cuadrado medio (MSE (MSE (MSE ). En este caso, el modelo está entrenado solo en una parte de las interacciones disponibles y se prueba en las restantes.

Aún así, si nuestro sistema de recomendación se basa en un modelo que predice valores numéricos, también podemos binarizar estos valores con un enfoque de umbral clásico (los valores por encima del umbral son positivos y los valores de los valores son negativos) y evaluar el modelo de una manera más «de clasificación» . De hecho, como el conjunto de datos de las interacciones pasadas del usuario del usuario también es binaria (o puede binarizarse mediante el umbral), podemos evaluar la precisión (así como la precisión y el retiro) de las salidas binarizadas del modelo en un conjunto de datos de prueba de interacciones no utilizadas para el entrenamiento.

Finalmente, si ahora consideramos un sistema de recomendación no basado en valores numéricos y que solo devuelve una lista de recomendaciones (como usuario-usuario o elemento de elemento que se basa en un enfoque KNN), aún podemos definir una precisión como métrica por Estimando la proporción de artículos recomendados que realmente se adaptan a nuestro usuario. Para estimar esta precisión, no podemos tener en cuenta los elementos recomendados con los que nuestro usuario no ha interactuado y solo debemos considerar elementos del conjunto de datos de prueba para el cual tenemos comentarios de los usuarios.

¿Cómo se hacen las recomendaciones en un trabajo?

Al considerar los candidatos para un puesto, los gerentes de recursos humanos deben analizar varios factores. El currículum es el primer paso para descubrir la experiencia del candidato, la educación, el trabajo previo y las habilidades. La carta de presentación ofrece más logros importantes, experiencia y destacados de carrera. Sin embargo, dado que el candidato escribe tanto el currículum como la carta de presentación, solo incluyen lo que él o ella quiere incluir y con un giro positivo. Ahí es donde llegan las recomendaciones como una oportunidad para obtener una perspectiva más objetiva.

Las recomendaciones generalmente se proporcionan en forma de cartas escritas por ex supervisores y compañeros de trabajo u otros contactos personales o profesionales. A diferencia de las referencias, que implican contactar directamente a colegas o ex gerentes, las recomendaciones están preescritas.

Las recomendaciones pueden ser útiles por varias razones porque proporcionan:

  • Endosos de terceros. Como se mencionó anteriormente, las recomendaciones son una forma de escuchar sobre el candidato de alguien que no sea el candidato. Pueden reiterar lo que el candidato ha escrito en su currículum y carta de presentación, pero provienen de una perspectiva diferente.
  • Confirmación de empleo. Las recomendaciones también pueden servir para confirmar que el candidato realmente trabajó en una empresa que figura en su currículum, especialmente cuando provienen directamente de antiguos empleadores.
  • Más información. Una vez más, una recomendación le da a HR más información, no solo sobre las habilidades y la experiencia del candidato, sino también sobre su carácter y ética de trabajo.

Las recomendaciones profesionales son una buena manera de obtener una visión más completa de un candidato y su carrera. Hablan con la experiencia del candidato en un campo en particular y sus habilidades y logros más notables. Es valioso tener los pensamientos de alguien que realmente puede describir las habilidades del candidato, ya sea un ex empleador, gerente o supervisor; compañeros de trabajo que han trabajado directamente con el candidato; o incluso clientes u otros fuera de la organización que han colaborado con él o ella.

¿Cómo hacer unas recomendaciones para un proyecto ejemplos?

Manejar un proyecto es como dirigir un barco al puerto, es extremadamente duro y estresante. Los marineros tienen que controlar muchas cosas como las próximas tormentas, el control de aceite, la presión de la bomba y muchas otras. Del mismo modo, un gerente tiene que controlar varias cosas como…

Habrá cosas con las que está familiarizado, pero siempre habrá cosas que tendrá que aprender a medida que saltes a un nuevo proyecto.

Entonces, ¿cómo establece el tono para su nuevo proyecto? En esta publicación, discutiré sobre pasos cruciales que son importantes para asegurarse de que su proyecto sea exitoso.

Un arquitecto sabe que una base sólida es la vida de un edificio. Una vez que se coloca la base, se realizan los esfuerzos restantes para construir un edificio milagroso. De manera similar, un gerente de proyecto debe saber la importancia de establecer una base sólida para el proyecto. La base incluye los pequeños detalles sobre el proyecto, todas las compras de las partes interesadas, los intereses de los clientes y las expectativas. Además de los mencionados anteriormente, también hay otros factores que el gerente del proyecto debe considerar::

Ordene los detalles antes de comenzar el trabajo. Sea un gerente de proyecto influyente mostrando su atención para el proyecto conociendo todos los puntos importantes de un proyecto. Haga que su proyecto comience con el pie derecho, controlando todos los detalles y sienta las bases para el éxito de su proyecto.

Has oído hablar del método de gestión de proyectos de ruta crítica, pero ¿qué es el hito de la ruta crítica? Los hitos se utilizan para marcar, describir y definir las tareas. Al planificar un proyecto, los hitos pueden beneficiar su proyecto de muchas maneras:

  • Hacer que sea fácil detectar fechas importantes

¿Cómo se hacen las conclusiones y recomendaciones?

Este es el punto al que todo ha estado antes. Después de haber llevado a cabo la investigación y reunir toda la evidencia, ahora se enfrenta al problema de darle sentido a todo. Aquí debe distinguir claramente entre tres cosas diferentes: resultados, conclusiones y recomendaciones.

Los resultados son lo que ha encontrado a través de la investigación. Son más que solo los datos sin procesar que ha recopilado. Son los hallazgos procesados ​​del trabajo, lo que ha estado analizando y esforzándose por comprender. En total, los resultados forman la imagen que ha descubierto a través de su investigación. Los resultados son neutrales. Claramente dependen de la naturaleza de las preguntas formuladas, pero, dado un conjunto particular de preguntas, los resultados no deben ser polémicos: no debería haber ningún debate sobre si el 63 por ciento de los encuestados dijo o no «sí» a la pregunta 16.

Cuando considera los resultados, puede sacar conclusiones en función de ellas. Estos son menos neutrales, ya que está poniendo su interpretación en los resultados y, por lo tanto, introduce un grado de subjetividad. Algunas investigaciones son simplemente descriptivas: el informe final simplemente presenta los resultados. Sin embargo, en la mayoría de los casos, querrás interpretarlos, diciendo lo que significan para ti: sacar conclusiones.

Estas conclusiones pueden surgir de una comparación entre sus resultados y los hallazgos de otros estudios. Se desarrollarán, casi seguro, con referencia al objetivo y los objetivos de la investigación. Si bien no habrá debate sobre los resultados, las conclusiones podrían ser polémicas. Alguien más podría interpretar los resultados de manera diferente, llegando a diferentes conclusiones. Por esta razón, debe apoyar sus conclusiones con razonamiento lógico estructurado.

¿Cómo hacer las conclusiones y recomendaciones de un informe?

Escribir un informe de recomendación generalmente implica describir una situación, evaluar las posibles alternativas y proponer una solución a un problema. El informe final debe incluir fndings y recomendaciones claros, precisos y basados ​​en evidencia. Ya sea que esté escribiendo un proyecto, desempeño o evaluación de riesgos, afirmar claramente los hechos facilita que otros lleguen a una decisión basada en su investigación.

Un informe de recomendación integral generalmente incluye una tabla de contenido, resumen ejecutivo, metodología de adquisición de datos, opciones y conclusiones. Puede descargar una plantilla de recomendación comercial o crear su propio documento o formato de presentación. Además, puede proporcionar archivos adjuntos con detalles o incluir enlaces a sitios web con información relevante. Seleccione un formato que sea el más adecuado para el tipo de informe que está escribiendo.

El objetivo del informe de recomendación es describir recomendaciones útiles que puedan satisfacer una necesidad o resolver un problema molesto, según la Universidad de Arkansas. Al escribir un informe de recomendación, comience claramente declarando lo que está evaluando. Esto establece el tono. Por ejemplo, si necesita crear un informe sobre el ausentismo en su empresa, comience por enumerar estadísticas sobre el problema. Luego agregue comentarios sobre su impacto. Por ejemplo, el absentismo podría conducir a una disminución de la productividad, los plazos perdidos y la disminución de la satisfacción del cliente.

¿Cómo hacer conclusiones y recomendaciones de un informe?

Después de analizar los problemas de accesibilidad del lenguaje utilizado en la comunicación comercial, los del lenguaje técnico-científico y, finalmente, los del lenguaje burocrático-administrativo, es hora de sacar las conclusiones: ¿cómo escribir textos verdaderamente accesibles?

Sin pretender reescribir las sugerencias estilísticas contenidas en las técnicas asociadas con WCAG 1.0, creemos que es útil proporcionar un esquema de resumen que contiene no solo las principales recomendaciones generales para la accesibilidad de los textos, sino algunos consejos específicamente para los autores italianos (en particular el primero y el último de la lista).

Escribe para que te entiendas. La primera y más importante recomendación, que involucra tanto el contenido textual como la forma en que se expresan, es escribir para hacerse entendirse, no escribir para vender una imagen o un producto. Es necesario ponerse en el papel de los usuarios. Use inglés en lugar de italiano porque le hace vender más, o use términos abstrusos y períodos interminables para mostrar cuán atrapados, son prácticos (y propósitos) completamente fuera de la accesibilidad.

Use el idioma más adecuado para el tema y el público de referencia. Escribir textos accesibles no significa usar siempre y en cualquier caso un idioma adecuado para un niño de primer grado. El léxico utilizado debe ser adecuado para el tema, por lo que si hablamos de física atómica, no será inaccesible usar palabras inconscientes como «protones», «neutrón», «quark», «mesoni», etc. Sin embargo, el léxico debe ser adecuado no solo para el objeto, sino también al público de referencia. Si recurre a una audiencia grande y no especializada, como Càpita a un sitio de administración pública, es mejor usar el léxico más simple y comúnmente utilizado, siempre que pueda comunicar correctamente el concepto que desea expresar: mejor, por lo tanto. , Si recurre a la gente común, escribe «pérdida de sangre de la nariz», donde, en un sitio dirigido a un usuario de médicos, sería completamente accesible escribir «epistaxis».

¿Cómo se hacen las recomendaciones de un informe?

Según el anexo del segundo informe de conformidad en Italia

«Transparencia del financiamiento de partidos políticos»

  • Esto, de acuerdo con Addendum, examina las nuevas medidas introducidas por las autoridades italianas después de la adopción del avenón aéreo al segundo informe de conformidad, para implementar las recomendaciones formuladas por el griego en su informe del tercer ciclo de evaluación en Italia. El tercer ciclo de evaluación se refiere a dos temas diferentes, en particular:
  • Tema I – Incriminaciones: Artículos 1a y 1b, de 2 a 12, de 15 a 17 y 19, el párrafo 1 de la Convención Criminal sobre Corrupción (Ste 173); Artículos 1 a 6 de su protocolo adicional (Ste 191) y su principio rector 2 (califican como corrupción del delito).
  • Tema II – Transparencia del financiamiento de partidos políticos: Artículos 8, 11, 12, 13b, 14 y 16 de la Recomendación Rec (2003) 4 Sobre las reglas comunes contra la corrupción en el financiamiento de partidos políticos y campañas electorales, y, más más En general, el principio rector 15 (financiamiento de partidos políticos y campañas electorales).
  • El griego adoptó el informe del tercer ciclo de evaluación en Italia con motivo de su 54a reunión plenaria (20-23 de marzo de 2012) y lo hizo público el 11 de abril de 2012 por la autorización de Italia (Griego Eval III Rep (2011) 7e , Tema I y Tema II). El griego adoptaron el informe de conformidad sobre el tercer ciclo con motivo de su 64a reunión plenaria (16-20 de junio de 2014) y se hizo público el 20 de junio de 2014 por la autorización de Italia (griego RC-III (2014) 9e). El segundo informe de conformidad fue adoptado por el griego con motivo de su 74ª reunión plenaria (28 de noviembre del 2 de diciembre de 2016) y se hizo público el 2 de diciembre de 2016 por la autorización de Italia. El griego adoptaron el Anexo para el Segundo Informe de Conformidad con motivo de su 80ª reunión plenaria (Estrasburgo, 18-22 de junio de 2018) y se hizo público el 29 de junio de 2018 por la autorización de Italia. Se concluyó que Italia había dado una implementación satisfactoriamente o tratada satisfactoriamente ocho de las dieciséis recomendaciones contenidas en el tercer informe del ciclo de evaluación: siete recomendaciones se implementaron solo en parte mientras que una no se implementaba.
  • En consideración del hecho de que el griego, de conformidad con el artículo 31, el párrafo 9, de su regulación interna, solicitó al jefe de la delegación italiana que proporcionara información adicional en relación con la implementación aún no se había dado implementación completa a ocho recomendaciones. Todas las recomendaciones pendientes. El 31 de julio de 2019, las autoridades italianas presentaron un informe sobre el estado de las obras, en relación con las recomendaciones de I a IV e IX sobre el tema I – incriminaciones, y las recomendaciones IV y VI sobre el tema II – Transparencia del financiamiento de los partidos políticos al 31 de marzo de 2019, que fue la base de esto según el apéndice de la segunda relación de conformidad.
  • Greek ha encargado a Austria y Montenegro que designe oradores para el procedimiento de conformidad. Los Rapens designados son Christian Manquet, Jefe de Departamento, Dirección de Legislación Criminal, Ministerio de Justicia (Austria), y Dušan Drakic, Jefe de Sección, Agencia para la Prevención de la Corrupción (Montenegro). Fueron asistidos por el Secretario del Griego en la redacción de esto de acuerdo con Addendum para el segundo informe de conformidad.
  • Se recuerda que en su relación de evaluación, el griego abordó nueve recomendaciones a Italia en relación con el tema I Las recomendaciones I, II, IV, V e IX se habían implementado solo en parte sin implementar la recomendación III.
  • Las autoridades comunicaron esa ley no. 3 del 9 de enero de 2019, la Ley de «Spazzacorrotti», llamada SO, que establece reglas para la lucha contra la corrupción en el sector público y para la extensión de los requisitos de transparencia para el sector privado. En el frente penal, la ley mencionada presenta, entre otras cosas, nuevos poderes para investigar a las autoridades (uso de técnicas de investigación especiales, por ejemplo, agentes encubiertos, intercepciones en comparación con una mayor variedad de delitos relacionados con la corrupción), aumento de sanciones tanto para sanciones legales y personas físicas (incluida la interdicción perpetua de las oficinas públicas o la incapacidad perpetua para contratar con la administración pública), ajustes adicionales de los delitos de corrupción privada y tráfico de influencias, una definición más amplia de funcionarios públicos extranjeros, nuevo cálculo de prescripción (interrupción de términos de prescripción Después de una oración de primera instancia a partir de 2022) y la rehabilitación, un tratamiento favorable para aquellos que primero informan corrupción, extraterritorialidad, etc. Algunas de estas innovaciones se explican a continuación en detalle.
  • El griego recomendó proceder rápidamente con la ratificación de la Convención Penal sobre Corrupción (Ste 173) y el Protocolo adicional relacionado (Ste 191).
  • El griego recuerda que la Convención Penal sobre Corrupción (Ste 173) fue ratificada por Italia el 13 de junio de 2013 y entró en vigor para Italia el 1 de octubre de 2013. El protocolo adicional a la Convención Penal de Corrupción está a la espera de la ratificación y, por lo tanto, el griego consideró, por lo tanto, el griego considerado. que la recomendación solo me implementé parcialmente.
  • Las autoridades italianas no informan ningún progreso a este respecto. La propuesta del proyecto del proyecto que califica como delito, la corrupción activa y pasiva de los árbitros extranjeros todavía está esperando la adopción; Una vez hecho esto, no habría obstáculos para la ratificación del protocolo adicional a la Convención Penal sobre Corrupción (Ste 191).
  • El griego lamenta la falta de progreso tangible en el proceso de ratificación del protocolo de adicción a la Convención Criminal sobre Corrupción (Ste 191) y, por lo tanto, concluye esa recomendación que solo implementé parcialmente.
  • El griego recomendó extender el campo de aplicación de la legislación sobre corrupción activa y pasiva a todos los funcionarios públicos extranjeros, miembros de asambleas públicas extranjeras, funcionarios que pertenecen a organizaciones internacionales, miembros de asambleas parlamentarias internacionales y jueces y funcionarios de tribunales internacionales, en orden en orden Para cumplir completamente con los requisitos mencionados en los Artículos 5, 6, 9, 10 y 11 de la Convención Penal sobre Corrupción (Ste 173).
  • El griego recuerda que esta recomendación se había considerado implementado solo en parte. La corrupción activa de los funcionarios extranjeros públicos (que se gobernó solo en el campo de la UE/OCDE), así como la corrupción activa y pasiva de los funcionarios pertenecientes a organizaciones internacionales, miembros de asambleas parlamentarias internacionales y jueces y funcionarios de los tribunales internacionales aún esperaban ser calificado como crimen.
  • El griego también observa que Italia había reservado el derecho de no proporcionar la conducta de la corrupción pasiva de los funcionarios extranjeros como delito en su sistema nacional, así como la corrupción activa y pasiva de los miembros de asambleas públicas extranjeras, sin perjuicio de las personas. perteneciente a los Estados miembros de la Unión Europea. Desde que Italia renovó su reserva en 2017 y, nuevamente, en 2019, y por lo tanto tiene la obligación de reconsiderar esta declaración dentro de los tres años (de conformidad con el artículo 38 del Ste 173), el griego no le pidió a Italia que proporcionara información adicional en relación con Esta parte de la recomendación.
  • Las autoridades italianas aclaran que, después de los cambios introducidos por la ley no. 3/2019, la corrupción activa y pasiva de los funcionarios públicos de otros estados miembros de la Unión Europea, miembros de asambleas públicas extranjeras, funcionarios que pertenecen a organizaciones internacionales, miembros de asambleas parlamentarias internacionales y jueces y funcionarios de tribunales internacionales es hoy un delito que busca el delito. al sistema italiano (Artículo 1, Párrafo 1, Carta O, Ley no. 3/2019).
  • El griego muestra aprecio por el pasaje tomado de Italia para reconsiderar la reserva expresada a este respecto, calificando como un delito también corrupción extranjera en la alineación total con la Convención Penal sobre Corrupción. Sin embargo, en lo que respecta a la corrupción pasiva de los funcionarios públicos extranjeros, se limita a los funcionarios de los Estados miembros de la Unión Europea.
  • Griego concluye que la recomendación II solo se implementa parcialmente.
  • El griego recomendó (i) extender el campo de aplicación de la legislación sobre la corrupción activa y pasiva de los jurados extranjeros para cumplir completamente con los requisitos mencionados en el artículo 6 del protocolo adicional a la Convención Penal de Corrupción (Ste 191) E (ii) para calificar como delito la corrupción activa y pasiva de los árbitros nacionales y extranjeros.
  • El griego recuerda que las autoridades italianas no habían informado ningún progreso con respecto a esta recomendación en el informe anterior de conformidad y que, en consecuencia, lo mismo se había considerado no implementado.
  • Las autoridades italianas se refieren nuevamente a la información proporcionada con respecto a la recomendación I, es decir, el gobierno ha recibido un proyecto de ley para examinar la ratificación del protocolo adicional a la Convención Penal sobre Corrupción, que también se refiere a la incriminación de la corrupción de los árbitros, pero que la adopción El proceso todavía está en progreso. Además, informan que, después de la adopción de la ley no. 3/2019, Artículo 322 del Código Penal, según enmendado, ya no incluye las «Limitaciones OCSE» calificadas (es decir, la limitación del campo de corrupción activa a las transacciones comerciales). Esto significa que la corrupción activa de los jurados (incluidos los jurados extranjeros) ahora está totalmente disciplinada por la ley.
  • El griego lamenta la falta de progreso tangible en relación con la calificación como delito de corrupción de los árbitros. Sin embargo, reconoce que la corrupción de los jurados extranjeros ahora se rige por ley en línea con el protocolo adicional a la Convención Penal sobre Corrupción (Ste 191) y concluye que la Recomendación III se ha implementado parcialmente.
  • El griego recomendó calificar como delito, corrupción en el sector privado, de acuerdo con los artículos 7 y 8 de la Convención Penal sobre Corrupción.
  • El griego dio la bienvenida, en el informe de conformidad anterior, la adopción de una legislación que califica la corrupción en el sector privado como delito. Sin embargo, observó que la admisibilidad de la acción penal era posible solo en la demanda de la persona ofendida, que no cumple con el acuerdo. El griego, por lo tanto, consideró que la recomendación IV se implementó solo en parte.
  • Las autoridades italianas informan que hoy, sobre la base de la ley no. 3/2019, la demanda de la persona ofendida ya no se solicita porque el delito de corrupción privada es objeto de investigación y proceso (Artículo 1, Párrafo 5, Carta A, Ley no. 3/2019).
  • El griego muestra aprecio por la iniciativa tomada de Italia para alinear completamente el delito de corrupción en el sector privado con los requisitos mencionados en el acuerdo penal sobre corrupción y concluye que la recomendación IV se ha implementado satisfactoriamente.
  • El griego recomendó calificar como delito el tráfico de influencia activa y pasiva de conformidad con el Artículo 12 de la Convención Penal sobre Corrupción (Ste 173).
  • El griego había tomado nota de los cambios introducidos en la legislación nacional para extender el alcance de las actividades calificadas como un delito de influencia del tráfico. Sin embargo, un vacío para llenar como sistema italiano requería la existencia de una relación de influencia entre el autor del tráfico de influencia y el funcionario, mientras que, de acuerdo con el acuerdo, para este propósito, es suficiente que la relación simplemente se afirme . El griego recordó a las autoridades a rectificar esta evidente diferencia y consideró que la recomendación se implementó solo en parte.
  • Las autoridades italianas indican que, sobre la base de la ley no. 3/2019, hoy el tráfico de influencia está calificado tanto activo como pasivo, incluso cuando la relación entre el autor del tráfico de influencia y el funcionario se afirma de manera fraudulenta (Artículo 1, Párrafo 1, Cartas S y T, Ley N. 3/ 2019).
  • El griego muestra aprecio por la iniciativa tomada de Italia para alinear completamente el delito de influencia del tráfico con los requisitos del acuerdo penal sobre la corrupción y concluye que la recomendación V se ha implementado satisfactoriamente.
  • El griego ha recomendado (i) eliminar la condición, cuando corresponda, según la cual la acción penal contra las actos de corrupción cometidas en el extranjero debe ser precedida por una solicitud por parte del Ministro de Justicia o por la demanda de la persona ofendida; (Ii) Extender la competencia jurisdiccional en los actos de corrupción cometidos en el extranjero por extranjeros, pero en el que los funcionarios pertenecientes a organizaciones internacionales, miembros de asambleas parlamentarias internacionales y funcionarios de tribunales internacionales están involucrados, que están, al mismo tiempo, ciudadanos italianos.
  • El griego había observado que la necesidad de una solicitud del Ministro de Justicia para criminal de los actos de corrupción es un requisito adicional del sistema legal italiano que no está previsto por la Convención Penal de Corrupción. En este sentido, el griego había subrayado los riesgos de interferencia política, en particular, en aquellos casos en que se necesita la solicitud o demanda de la persona ofendida. La primera parte de la recomendación se consideró parcialmente implementada.
  • Además, el griego recuerda que, en lo que respecta a la segunda parte de la recomendación, en relación con los requisitos mencionados en el Artículo 17, los párrafos 1B y C del acuerdo relacionado con la competencia jurisdiccional en los delitos cometidos en el extranjero por los extranjeros, pero que Involucrar a funcionarios que pertenecen a organizaciones internacionales, miembros de asambleas parlamentarias internacionales y funcionarios de los tribunales internacionales, que, al mismo tiempo, ciudadanos italianos, Italia no pudieron establecer la competencia jurisdiccional en los delitos de corrupción que causan daños a un tercer país o a Uno de sus ciudadanos, en caso de que el crimen en cuestión implique una sentencia de menos de 3 años de prisión. El griego en su informe del tercer ciclo de evaluaciones en Italia admitió que esta falta se refiere a situaciones muy particulares (y un número limitado) pero que, sin embargo, representa la falta de los estándares en cuestión.
  • Italia había formulado una declaración en la que se comprometió a aplicar las reglas sobre la competencia jurisdiccional establecida en el Artículo 17, los párrafos 1B y 1C de la Convención, en las condiciones actualmente dispuestas en los artículos 9 y 10 del Código Penal italiano sin restricciones. Desde que Italia había renovado su declaración en julio de 2017 y, por lo tanto, tiene la obligación de reconsiderar esta declaración dentro de los tres años (de conformidad con el artículo 38 del Ste 173), el griego no había solicitado a Italia que proporcionara información adicional sobre esta parte de la recomendación.
  • Las autoridades italianas hoy se refieren a la ley no. 3/2019, que abole la condición para la cual la acción penal contra los actos de corrupción cometidos en el extranjero debe ser precedida por una solicitud por parte del Ministro de Justicia o por la demanda de la persona ofendida (Artículo 1, Párrafo 1, Cartas A y B, Ley no. 3/2019). También declaran que, después de numerosos cambios del Código Penal, ningún delito de corrupción se castiga con una sentencia de menos de tres años de prisión.
  • El griego da la bienvenida a la abolición completa de Italia del requisito de la solicitud del Ministro de Justicia para proceder en casos de corrupción cometida en el extranjero. El griego también toma nota del hecho de que el umbral de los tres años mencionados anteriormente (párrafo 31) ya no es aplicable a los delitos de corrupción. Se deduce que esta recomendación se ha implementado por completo.
  • El griego concluye que la recomendación IX fue tratada satisfactoriamente.

Tema II: Transparencia del financiamiento de partidos políticos

  • Esto, de acuerdo con Addendum, examina las nuevas medidas introducidas por las autoridades italianas después de la adopción del avenón aéreo al segundo informe de conformidad, para implementar las recomendaciones formuladas por el griego en su informe del tercer ciclo de evaluación en Italia. El tercer ciclo de evaluación se refiere a dos temas diferentes, en particular:
  • Tema I – Incriminaciones: Artículos 1a y 1b, de 2 a 12, de 15 a 17 y 19, el párrafo 1 de la Convención Criminal sobre Corrupción (Ste 173); Artículos 1 a 6 de su protocolo adicional (Ste 191) y su principio rector 2 (califican como corrupción del delito).
  • Tema II – Transparencia del financiamiento de partidos políticos: Artículos 8, 11, 12, 13b, 14 y 16 de la Recomendación Rec (2003) 4 Sobre las reglas comunes contra la corrupción en el financiamiento de partidos políticos y campañas electorales, y, más más En general, el principio rector 15 (financiamiento de partidos políticos y campañas electorales).
  • El griego adoptó el informe del tercer ciclo de evaluación en Italia con motivo de su 54a reunión plenaria (20-23 de marzo de 2012) y lo hizo público el 11 de abril de 2012 por la autorización de Italia (Griego Eval III Rep (2011) 7e , Tema I y Tema II). El griego adoptaron el informe de conformidad sobre el tercer ciclo con motivo de su 64a reunión plenaria (16-20 de junio de 2014) y se hizo público el 20 de junio de 2014 por la autorización de Italia (griego RC-III (2014) 9e). El segundo informe de conformidad fue adoptado por el griego con motivo de su 74ª reunión plenaria (28 de noviembre del 2 de diciembre de 2016) y se hizo público el 2 de diciembre de 2016 por la autorización de Italia. El griego adoptaron el Anexo para el Segundo Informe de Conformidad con motivo de su 80ª reunión plenaria (Estrasburgo, 18-22 de junio de 2018) y se hizo público el 29 de junio de 2018 por la autorización de Italia. Se concluyó que Italia había dado una implementación satisfactoriamente o tratada satisfactoriamente ocho de las dieciséis recomendaciones contenidas en el tercer informe del ciclo de evaluación: siete recomendaciones se implementaron solo en parte mientras que una no se implementaba.
  • En consideración del hecho de que el griego, de conformidad con el artículo 31, el párrafo 9, de su regulación interna, solicitó al jefe de la delegación italiana que proporcionara información adicional en relación con la implementación aún no se había dado implementación completa a ocho recomendaciones. Todas las recomendaciones pendientes. El 31 de julio de 2019, las autoridades italianas presentaron un informe sobre el estado de las obras, en relación con las recomendaciones de I a IV e IX sobre el tema I – incriminaciones, y las recomendaciones IV y VI sobre el tema II – Transparencia del financiamiento de los partidos políticos al 31 de marzo de 2019, que fue la base de esto según el apéndice de la segunda relación de conformidad.
  • Greek ha encargado a Austria y Montenegro que designe oradores para el procedimiento de conformidad. Los Rapens designados son Christian Manquet, Jefe de Departamento, Dirección de Legislación Criminal, Ministerio de Justicia (Austria), y Dušan Drakic, Jefe de Sección, Agencia para la Prevención de la Corrupción (Montenegro). Fueron asistidos por el Secretario del Griego en la redacción de esto de acuerdo con Addendum para el segundo informe de conformidad.
  • Se recuerda que en su relación de evaluación, el griego abordó nueve recomendaciones a Italia en relación con el tema I Las recomendaciones I, II, IV, V e IX se habían implementado solo en parte sin implementar la recomendación III.
  • Las autoridades comunicaron esa ley no. 3 del 9 de enero de 2019, la Ley de «Spazzacorrotti», llamada SO, que establece reglas para la lucha contra la corrupción en el sector público y para la extensión de los requisitos de transparencia para el sector privado. En el frente penal, la ley mencionada presenta, entre otras cosas, nuevos poderes para investigar a las autoridades (uso de técnicas de investigación especiales, por ejemplo, agentes encubiertos, intercepciones en comparación con una mayor variedad de delitos relacionados con la corrupción), aumento de sanciones tanto para sanciones legales y personas físicas (incluida la interdicción perpetua de las oficinas públicas o la incapacidad perpetua para contratar con la administración pública), ajustes adicionales de los delitos de corrupción privada y tráfico de influencias, una definición más amplia de funcionarios públicos extranjeros, nuevo cálculo de prescripción (interrupción de términos de prescripción Después de una oración de primera instancia a partir de 2022) y la rehabilitación, un tratamiento favorable para aquellos que primero informan corrupción, extraterritorialidad, etc. Algunas de estas innovaciones se explican a continuación en detalle.
  • El griego recomendó proceder rápidamente con la ratificación de la Convención Penal sobre Corrupción (Ste 173) y el Protocolo adicional relacionado (Ste 191).
  • El griego recuerda que la Convención Penal sobre Corrupción (Ste 173) fue ratificada por Italia el 13 de junio de 2013 y entró en vigor para Italia el 1 de octubre de 2013. El protocolo adicional a la Convención Penal de Corrupción está a la espera de la ratificación y, por lo tanto, el griego consideró, por lo tanto, el griego considerado. que la recomendación solo me implementé parcialmente.
  • Las autoridades italianas no informan ningún progreso a este respecto. La propuesta del proyecto del proyecto que califica como delito, la corrupción activa y pasiva de los árbitros extranjeros todavía está esperando la adopción; Una vez hecho esto, no habría obstáculos para la ratificación del protocolo adicional a la Convención Penal sobre Corrupción (Ste 191).
  • El griego lamenta la falta de progreso tangible en el proceso de ratificación del protocolo de adicción a la Convención Criminal sobre Corrupción (Ste 191) y, por lo tanto, concluye esa recomendación que solo implementé parcialmente.
  • El griego recomendó extender el campo de aplicación de la legislación sobre corrupción activa y pasiva a todos los funcionarios públicos extranjeros, miembros de asambleas públicas extranjeras, funcionarios que pertenecen a organizaciones internacionales, miembros de asambleas parlamentarias internacionales y jueces y funcionarios de tribunales internacionales, en orden en orden Para cumplir completamente con los requisitos mencionados en los Artículos 5, 6, 9, 10 y 11 de la Convención Penal sobre Corrupción (Ste 173).
  • El griego recuerda que esta recomendación se había considerado implementado solo en parte. La corrupción activa de los funcionarios extranjeros públicos (que se gobernó solo en el campo de la UE/OCDE), así como la corrupción activa y pasiva de los funcionarios pertenecientes a organizaciones internacionales, miembros de asambleas parlamentarias internacionales y jueces y funcionarios de los tribunales internacionales aún esperaban ser calificado como crimen.
  • El griego también observa que Italia había reservado el derecho de no proporcionar la conducta de la corrupción pasiva de los funcionarios extranjeros como delito en su sistema nacional, así como la corrupción activa y pasiva de los miembros de asambleas públicas extranjeras, sin perjuicio de las personas. perteneciente a los Estados miembros de la Unión Europea. Desde que Italia renovó su reserva en 2017 y, nuevamente, en 2019, y por lo tanto tiene la obligación de reconsiderar esta declaración dentro de los tres años (de conformidad con el artículo 38 del Ste 173), el griego no le pidió a Italia que proporcionara información adicional en relación con Esta parte de la recomendación.
  • Las autoridades italianas aclaran que, después de los cambios introducidos por la ley no. 3/2019, la corrupción activa y pasiva de los funcionarios públicos de otros estados miembros de la Unión Europea, miembros de asambleas públicas extranjeras, funcionarios que pertenecen a organizaciones internacionales, miembros de asambleas parlamentarias internacionales y jueces y funcionarios de tribunales internacionales es hoy un delito que busca el delito. al sistema italiano (Artículo 1, Párrafo 1, Carta O, Ley no. 3/2019).
  • El griego muestra aprecio por el pasaje tomado de Italia para reconsiderar la reserva expresada a este respecto, calificando como un delito también corrupción extranjera en la alineación total con la Convención Penal sobre Corrupción. Sin embargo, en lo que respecta a la corrupción pasiva de los funcionarios públicos extranjeros, se limita a los funcionarios de los Estados miembros de la Unión Europea.
  • Griego concluye que la recomendación II solo se implementa parcialmente.
  • El griego recomendó (i) extender el campo de aplicación de la legislación sobre la corrupción activa y pasiva de los jurados extranjeros para cumplir completamente con los requisitos mencionados en el artículo 6 del protocolo adicional a la Convención Penal de Corrupción (Ste 191) E (ii) para calificar como delito la corrupción activa y pasiva de los árbitros nacionales y extranjeros.
  • El griego recuerda que las autoridades italianas no habían informado ningún progreso con respecto a esta recomendación en el informe anterior de conformidad y que, en consecuencia, lo mismo se había considerado no implementado.
  • Las autoridades italianas se refieren nuevamente a la información proporcionada con respecto a la recomendación I, es decir, el gobierno ha recibido un proyecto de ley para examinar la ratificación del protocolo adicional a la Convención Penal sobre Corrupción, que también se refiere a la incriminación de la corrupción de los árbitros, pero que la adopción El proceso todavía está en progreso. Además, informan que, después de la adopción de la ley no. 3/2019, Artículo 322 del Código Penal, según enmendado, ya no incluye las «Limitaciones OCSE» calificadas (es decir, la limitación del campo de corrupción activa a las transacciones comerciales). Esto significa que la corrupción activa de los jurados (incluidos los jurados extranjeros) ahora está totalmente disciplinada por la ley.
  • El griego lamenta la falta de progreso tangible en relación con la calificación como delito de corrupción de los árbitros. Sin embargo, reconoce que la corrupción de los jurados extranjeros ahora se rige por ley en línea con el protocolo adicional a la Convención Penal sobre Corrupción (Ste 191) y concluye que la Recomendación III se ha implementado parcialmente.
  • El griego recomendó calificar como delito, corrupción en el sector privado, de acuerdo con los artículos 7 y 8 de la Convención Penal sobre Corrupción.
  • El griego dio la bienvenida, en el informe de conformidad anterior, la adopción de una legislación que califica la corrupción en el sector privado como delito. Sin embargo, observó que la admisibilidad de la acción penal era posible solo en la demanda de la persona ofendida, que no cumple con el acuerdo. El griego, por lo tanto, consideró que la recomendación IV se implementó solo en parte.
  • Las autoridades italianas informan que hoy, sobre la base de la ley no. 3/2019, la demanda de la persona ofendida ya no se solicita porque el delito de corrupción privada es objeto de investigación y proceso (Artículo 1, Párrafo 5, Carta A, Ley no. 3/2019).
  • El griego muestra aprecio por la iniciativa tomada de Italia para alinear completamente el delito de corrupción en el sector privado con los requisitos mencionados en el acuerdo penal sobre corrupción y concluye que la recomendación IV se ha implementado satisfactoriamente.
  • El griego recomendó calificar como delito el tráfico de influencia activa y pasiva de conformidad con el Artículo 12 de la Convención Penal sobre Corrupción (Ste 173).
  • El griego había tomado nota de los cambios introducidos en la legislación nacional para extender el alcance de las actividades calificadas como un delito de influencia del tráfico. Sin embargo, un vacío para llenar como sistema italiano requería la existencia de una relación de influencia entre el autor del tráfico de influencia y el funcionario, mientras que, de acuerdo con el acuerdo, para este propósito, es suficiente que la relación simplemente se afirme . El griego recordó a las autoridades a rectificar esta evidente diferencia y consideró que la recomendación se implementó solo en parte.
  • Las autoridades italianas indican que, sobre la base de la ley no. 3/2019, hoy el tráfico de influencia está calificado tanto activo como pasivo, incluso cuando la relación entre el autor del tráfico de influencia y el funcionario se afirma de manera fraudulenta (Artículo 1, Párrafo 1, Cartas S y T, Ley N. 3/ 2019).
  • El griego muestra aprecio por la iniciativa tomada de Italia para alinear completamente el delito de influencia del tráfico con los requisitos del acuerdo penal sobre la corrupción y concluye que la recomendación V se ha implementado satisfactoriamente.
  • El griego ha recomendado (i) eliminar la condición, cuando corresponda, según la cual la acción penal contra las actos de corrupción cometidas en el extranjero debe ser precedida por una solicitud por parte del Ministro de Justicia o por la demanda de la persona ofendida; (Ii) Extender la competencia jurisdiccional en los actos de corrupción cometidos en el extranjero por extranjeros, pero en el que los funcionarios pertenecientes a organizaciones internacionales, miembros de asambleas parlamentarias internacionales y funcionarios de tribunales internacionales están involucrados, que están, al mismo tiempo, ciudadanos italianos.
  • El griego había observado que la necesidad de una solicitud del Ministro de Justicia para criminal de los actos de corrupción es un requisito adicional del sistema legal italiano que no está previsto por la Convención Penal de Corrupción. En este sentido, el griego había subrayado los riesgos de interferencia política, en particular, en aquellos casos en que se necesita la solicitud o demanda de la persona ofendida. La primera parte de la recomendación se consideró parcialmente implementada.
  • Además, el griego recuerda que, en lo que respecta a la segunda parte de la recomendación, en relación con los requisitos mencionados en el Artículo 17, los párrafos 1B y C del acuerdo relacionado con la competencia jurisdiccional en los delitos cometidos en el extranjero por los extranjeros, pero que Involucrar a funcionarios que pertenecen a organizaciones internacionales, miembros de asambleas parlamentarias internacionales y funcionarios de los tribunales internacionales, que, al mismo tiempo, ciudadanos italianos, Italia no pudieron establecer la competencia jurisdiccional en los delitos de corrupción que causan daños a un tercer país o a Uno de sus ciudadanos, en caso de que el crimen en cuestión implique una sentencia de menos de 3 años de prisión. El griego en su informe del tercer ciclo de evaluaciones en Italia admitió que esta falta se refiere a situaciones muy particulares (y un número limitado) pero que, sin embargo, representa la falta de los estándares en cuestión.
  • Italia había formulado una declaración en la que se comprometió a aplicar las reglas sobre la competencia jurisdiccional establecida en el Artículo 17, los párrafos 1B y 1C de la Convención, en las condiciones actualmente dispuestas en los artículos 9 y 10 del Código Penal italiano sin restricciones. Desde que Italia había renovado su declaración en julio de 2017 y, por lo tanto, tiene la obligación de reconsiderar esta declaración dentro de los tres años (de conformidad con el artículo 38 del Ste 173), el griego no había solicitado a Italia que proporcionara información adicional sobre esta parte de la recomendación.
  • Las autoridades italianas hoy se refieren a la ley no. 3/2019, que abole la condición para la cual la acción penal contra los actos de corrupción cometidos en el extranjero debe ser precedida por una solicitud por parte del Ministro de Justicia o por la demanda de la persona ofendida (Artículo 1, Párrafo 1, Cartas A y B, Ley no. 3/2019). También declaran que, después de numerosos cambios del Código Penal, ningún delito de corrupción se castiga con una sentencia de menos de tres años de prisión.
  • El griego da la bienvenida a la abolición completa de Italia del requisito de la solicitud del Ministro de Justicia para proceder en casos de corrupción cometida en el extranjero. El griego también toma nota del hecho de que el umbral de los tres años mencionados anteriormente (párrafo 31) ya no es aplicable a los delitos de corrupción. Se deduce que esta recomendación se ha implementado por completo.
  • El griego concluye que la recomendación IX fue tratada satisfactoriamente.
  • Se recuerda que el griego, en su informe de evaluación, había formulado 7 recomendaciones en relación con el tema II. En el procedimiento de conformidad, hasta la redacción de este informe, las recomendaciones I, II, III, V y VII se habían implementado satisfactoriamente, mientras que las recomendaciones IV y se habían implementado allí solo parcialmente.
  • El griego ha recomendado (i) procesar un enfoque coordinado para la publicación de información sobre el financiamiento de partidos políticos y campañas electorales; (Ii) Para garantizar que esta información esté disponible de manera coherente, comprensible y oportuna, proporcionando así un acceso más fácil y efectivo por parte del público, también lo que hace el mejor uso posible de la publicación en la red.
  • El griego recuerda que esta recomendación se había considerado solo parcialmente implementada. El griego había acogido con beneplácito los esfuerzos realizados para facilitar la recopilación de información sobre las finanzas de los partidos políticos, también a través de su publicación en línea. Sin embargo, el griego había considerado que se necesitaban más esfuerzos para establecer un enfoque holístico para la publicación de la financiación de las campañas electorales.
  • Las autoridades italianas muestran que hoy, sobre la base de la ley no. 3/2019, las partes y los movimientos políticos deben elaborar una lista de todas las donaciones recibidas, en efectivo o en la naturaleza, superiores a 500 euros. La lista debe publicarse en el sitio web del partido interesado (y preservado durante cinco años), listas electorales o el candidato para la oficina de alcalde que participa en las elecciones administrativas en las municipios con una población mayor de 15,000 habitantes. Esta publicación debe hacerse después de un mes a partir de la fecha en que se recibió la contribución, o dentro de los 15 días durante la campaña electoral (o no más allá de finales del año siguiente en caso de una donación «fraccional» cuya cantidad total excede los 500 euros). Las fundaciones, asociaciones y comités políticos también están dentro de las reglas de transparencia mencionadas. El no complemento con la obligación de publicación se castiga con una sanción administrativa cuya cantidad no es menor que triple o más alta que el quintuplo del valor de la donación no publicada. Además, la lista de donaciones debe enviarse a la Cámara de Diputados con el propósito de publicación en el sitio web institucional de esta institución. Sobre la base de la ley mencionada de 2019, ya no se solicita el consentimiento del donante para la publicación.
  • El griego subraya la importancia de poner canales adecuados que permitan a los ciudadanos informados, de una manera relativamente simple y coherente, sobre las finanzas de la política. Las nuevas reglas, introducidas en 2019 por la ley no. 3/2019, constituye un paso adelante en esta dirección, en particular en relación con la transparencia de las campañas electorales. Se suman a una serie de medidas positivas ya adoptadas en los últimos años dirigidos a la publicación de información sobre financiamiento de partidos políticos, incluidas sus operaciones ordinarias y el financiamiento de sus oficinas regionales y empresas conectadas. En relación con este último, los terceros (conectados a fundaciones, asociaciones y comités políticos) hoy están sujetos a los mismos requisitos de transparencia que los partidos políticos. Por supuesto, este es un desarrollo apreciable, pero implica problemas de implementación considerables para el futuro, en particular para el control de las reglas aplicables.
  • El griego incluye que las reglas son muy recientes y que la experiencia aún no ha maduro. El tiempo y la práctica demostrarán cómo y si las reglas existentes deben ser perfeccionadas y simplificadas para garantizar que, no solo hay un enfoque coordinado para la publicación de información sobre el financiamiento de partidos políticos y campañas electorales, sino que también es lo mismo, en la práctica, también sea implementado coherentemente por todos los sujetos obligados. Obviamente, los mecanismos de control y ejecución serán cruciales a este respecto; Los defectos más importantes permanecen en las áreas destacadas más adelante en este informe en relación con la recomendación VI (ver párrafos de 47 a 50).
  • Griego concluye que la recomendación IV se ha implementado satisfactoriamente.
  • El griego ha recomendado (i) establecer un nivel independiente, gerencial, asistido, si es necesario, por otras autoridades, con mandato, estabilidad, poderes y recursos adecuados para llevar a cabo una vigilancia proactiva y eficiente, para realizar investigaciones e para implementar las reglas sobre el financiamiento de la política; (ii) mientras esto no tenga lugar, para garantizar que las instituciones existentes, con habilidades actuales, desarrollen mecanismos de trabajo prácticos para la implementación efectiva de las reglas sobre financiamiento de partidos políticos y campañas electorales; y (iii) fortalecer la cooperación y coordinación de los esfuerzos a nivel operativo y ejecutivo entre las autoridades a cargo de la supervisión sobre el financiamiento de la política y las autoridades fiscales y policiales.
  • El griego recuerda que esta recomendación se había considerado implementado solo en parte. El griego había reconocido las iniciativas emprendidas para fortalecer el control de la financiación de los partidos políticos a través de un marco institucional reelaborado, compuesto por la Comisión de Garantía para la transparencia y el control de los informes de las partes y los movimientos políticos, el Tribunal de Auditores y la Junta. Garantía electoral regional. Sin embargo, el griego solicita más detalles sobre cómo los organismos mencionados están coordinando, a nivel operativo, el papel de la supervisión no solo entre sí sino también con las autoridades fiscales y policiales, como lo requiere la última parte de la recomendación VI.
  • Las autoridades italianas informan hoy que se han establecido más medidas operativas para facilitar y mejorar el control de la financiación de la política. En particular, la ley no. 3/2019 establece el acceso directo de la Comisión de Garantía para la transparencia y el control de los informes de los partidos y movimientos políticos a la base de datos del Tribunal de Auditores y la Colegio Regional de Garantía Electoral. También establece el establecimiento de un memorando de entendimiento entre los organismos mencionados y las otras autoridades de la administración pública y la policía, para el intercambio de datos, información y noticias relacionadas con los registros contables de los partidos políticos y los candidatos en las elecciones Algunas iniciativas se llevaron a cabo a este respecto en septiembre de 2019: la Comisión de Garantía para la Transparencia y el Control de los Informes de los Partes y los Movimientos Políticos ha comenzado algunas reuniones con otras administraciones públicas (en particular con la Agencia de Ingresos) para elaborar protocolos de trabajo que permiten el acceso a las bases de datos y al control cruzado de la información disponible en varios organismos públicos.
  • Greek reconoce las actualizaciones proporcionadas. Recuerda que el sistema de supervisión de financiamiento de políticas se basa en la coordinación y la cooperación de la información y las actividades de tres organismos diferentes: la Comisión de Garantía para la Transparencia y el Control de los Informes de las Partes y los Movimientos Políticos, el Tribunal de Conti y el Regional Colegio de Garantía Electoral. Los dos últimos comparten tareas esenciales en relación con la supervisión de la financiación de las campañas electorales. Dada la distribución de habilidades, es esencial que los cuerpos mencionados anteriormente coordine efectivamente su acción.
  • En este sentido, el griego toma nota de las nuevas iniciativas reportadas para mejorar la cooperación entre los cuerpos de supervisión relacionados y entre las autoridades de supervisión y fiscal y las autoridades policiales. Estas herramientas, algunas de las cuales aún se desarrollan (memorandos de comprensión) deben demostrar su viabilidad y efectividad en la práctica. El griego también escucha con preocupación las fuertes críticas del tipo de control llevado a cabo sobre la financiación de la política (tipo formal en lugar de sustancial) y la escasez de los recursos de los cuerpos competentes [1]. Este último destacó problemas importantes para el futuro relacionados con la implementación concreta de la ley no. 3/2019, a su interacción con otras reglas existentes (13 actos legislativos diferentes están actualmente vigentes sobre el financiamiento de la política) y la comprensión concreta de sus conceptos y obligaciones (por ejemplo, en relación con las fundaciones/asociaciones/comités políticos, a los comités políticos, a los Sanciones de habilidades, etc.) [2]. Se necesitan más esfuerzos para racionalizar y aclarar las reglas existentes para facilitar mejor su supervisión y ejecución.
  • No se han presentado detalles concretos (diferentes de los planes actuales para establecer protocolos de cooperación) en relación con la forma en que los organismos de supervisión y las autoridades policiales actualmente están coordinando su acción. El tercer ciclo del ciclo de evaluación en Italia requiere un enfoque más proactivo para las investigaciones sobre irregularidades financieras. Del mismo modo, no se presentó información en relación con ninguna circunstancia en las que un organismo supervisor haya advertido a los cuerpos policiales sobre irregularidades relacionadas con las finanzas de la política. Se debe hacer mayor claridad en este aspecto importante.
  • El griego concluye que la recomendación permanece implementada para usted solo en parte.
  • Con la adopción de esto según el anexo del segundo informe de conformidad en Italia y a la luz de lo anterior, el griego concluye que las dieciséis recomendaciones formuladas contra Italia, un total de doce se han implementado satisfactoriamente o tratados satisfactoriamente. De las recomendaciones restantes, cuatro se han implementado solo en parte.
  • Más específicamente, con referencia al tema I – incriminaciones – Las recomendaciones IV y V se han implementado satisfactoriamente, las recomendaciones VI, VII, VIII e IX fueron tratadas satisfactoriamente, mientras que las recomendaciones de I a III solo se han implementado en parte. Con referencia al Tema II, la transparencia de la financiación de las participaciones políticas, las recomendaciones I, II, III, IV, V y VII se han implementado satisfactoriamente, mientras que la recomendación solo se ha implementado allí.
  • El griego felicita las medidas adoptadas gradualmente por Italia en los últimos años para fortalecer su política anti -corrupción. En 2019 Law n. 3/2019, así que llamó «Spazzacorrotti», que introdujo reglas adicionales para la lucha contra la corrupción en el sector público y para la extensión de los requisitos de transparencia en el sector privado.
  • Más específicamente, en lo que respecta a las incriminaciones, el griego felicita a Italia por los esfuerzos realizados para alinear la legislación nacional con la Convención Penal sobre Corrupción (Ste 173). La ratificación del protocolo adicional a la Convención Penal sobre Corrupción (Ste 191) sigue siendo una cuestión suspendida. Italia es uno de los únicos tres países (de los 49 miembros del griego) que no ha ratificado el protocolo adicional. Por lo tanto, las autoridades están invitadas a tomar medidas a este respecto sin más demora.
  • En cuanto al financiamiento de la política, Italia ha introducido importantes reformas en esta área. Una de las más importantes es la transición de la financiación pública a la financiación privada, con la abolición real de la financiación pública en 2017. Existen diferentes características positivas del nuevo sistema, como la prohibición general de donaciones anónimas, los umbrales más bajos para la divulgación, Más sanciones severas, etc. En un contexto de cambios en la evolución y en consideración del papel principal que hoy juega fondos privados en el sistema, es obvio que un enfoque holístico e integrado a los mecanismos de supervisión y responsabilidad adquiere importancia primordial. Con este fin, el griego está contento por la extensión de los requisitos de transparencia y publicación más estrictos para las donaciones a las campañas electorales introducidas en 2019.
  • Los nuevos mecanismos institucionales para la supervisión sobre la financiación de la política requieren una coordinación efectiva entre las diversas autoridades interesadas y aún no han demostrado su viabilidad y efectividad en la práctica. En este sentido, es esencial que el control vaya más allá del aspecto formal para volverse sustancial; Para que esto suceda, se necesitan más mejoras en relación con los poderes, la coordinación y los recursos de los diversos organismos competentes en el campo de la vigilancia en la financiación de políticas (es decir, la Comisión de Garantía para la Transparencia y el Control de las Partes y las Partes y las Partes y de los movimientos políticos, el Tribunal de Auditores y la Colegio Regional de Garantía Electoral). Además, el tiempo y la práctica demostrarán cómo y si las reglas existentes deben ser perfeccionadas y simplificadas para alentar mejor su supervisión e implementación efectivas.
  • La adopción de esto según el anexo al segundo informe de conformidad sobre Italia cierra el procedimiento de conformidad del tercer ciclo en comparación con Italia. En consideración del hecho de que algunas recomendaciones permanecen pendientes, tanto en el campo de las incriminaciones (recomendaciones I y III) como la transparencia del financiamiento de los partidos políticos (Recomendación VI), las autoridades italianas están invitadas a mantener el griego informado sobre el futuro progreso e sobre la implementación de estas recomendaciones.
  • El griego invita a las autoridades italianas a autorizar la publicación de este informe lo antes posible, a traducirlo al idioma nacional y hacer que la traducción sea pública.
  • Nota 1 – Véase también el informe final sobre la misión de evaluación electoral en Italia en vista de las elecciones políticas del 4 de marzo de 2018 de la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos.

    ¿Cómo se hacen las recomendaciones en un ensayo?

    En economía y negocios, los estudiantes escriben con un propósito específico a medida que comunican sus interpretaciones a los demás. Los estudiantes tienen como objetivo explicar, criticar o analizar situaciones del mundo real.

    En las respuestas de escritura, los estudiantes a menudo deberán proporcionar una o más:

    • Recomendaciones que proponen el mejor curso de acción a tomar en respuesta a una situación económica o comercial
    • Explicaciones que justifican la implementación de su curso de acción elegido.

    Tres estrategias para apoyar a los estudiantes para desarrollar recomendaciones económicas y/o comerciales con explicaciones son:

    • Recomendaciones que proponen el mejor curso de acción a tomar en respuesta a una situación económica o comercial
    • Explicaciones que justifican la implementación de su curso de acción elegido.
  • Use un marco para estructurar una explicación o recomendación
  • Enseñar explícitamente las características del idioma de una explicación o recomendación
  • Use una muestra para modelar cómo escribir una explicación o recomendación.
  • Pregunte a los alumnos qué podría significar el término ‘recomendación’ y dónde podrían haber escuchado el término utilizado antes, p. Recomendaciones de cine o críticos de comida. Es posible que los maestros deseen mostrar una muestra de una recomendación de una película o crítico de alimentos para impulsar ideas de estudiantes para respuestas a las siguientes preguntas sobre la creación de una recomendación apropiada. Posibles respuestas sugeridas de los estudiantes se dan entre paréntesis:
  • ‘¿Qué es una recomendación?’ (consejos sobre lo mejor/acción que hacer)
  • «¿Qué información esperarías ver en una recomendación?» (Una sugerencia para tomar un curso de acción, datos/evidencia)
  • ‘¿Qué te convencería de que acepte la recomendación de alguien?’ (por ejemplo, su experiencia o experiencia en el campo)
  • Esborle a los estudiantes que cuando se hace una recomendación en economía o negocios, se deben considerar varios elementos. Éstos incluyen:
  • una explicación de la naturaleza del problema económico o comercial que se está considerando
  • una o más estrategias sugeridas para abordar el problema que se considera
  • argumentos a favor y en contra de cada estrategia utilizando evidencia para apoyar puntos hechos
  • Una recomendación basada en la evidencia presentada.
  • Muestre a los estudiantes un marco para escribir una recomendación con explicaciones. Por ejemplo:
  • Propósito: Examina aspectos positivos y negativos de las estrategias potenciales para abordar un problema y llega a una recomendación lógica basada en la evidencia.
  • Enfoque: selección de la mejor estrategia para abordar un problema basado en la evidencia.
  • Estructura:
  • Para enseñar explícitamente a los estudiantes las diferentes características del idioma de una recomendación, los maestros pueden:

    Ejemplo:
    ‘Según el ABS, las ventas minoristas cayeron un 0.1% en julio de 2019 a pesar de que algunos australianos ya han recibido su recorte de impuestos. Esto podría sugerir que se debe considerar una estrategia diferente a los recortes de impuestos para impulsar el gasto del consumidor.

    ¿Cómo redactar recomendaciones en un ensayo?

    Escribir un ensayo o carta de recomendación es una responsabilidad significativa. Su apoyo puede ayudar a un estudiante a obtener acceso a oportunidades importantes. Sin embargo, recomendar a un solicitante que no merezca ese apoyo quita la oportunidad de los demás, daña su credibilidad y potencialmente le da al estudiante falsa confianza en sus habilidades. Considere ayudar al solicitante a encontrar una referencia más apropiada si no confía en su habilidad o no la conoce lo suficientemente bien como para escribir una evaluación honesta.

    Reúnase con la persona que necesita la carta de recomendación. Determine a qué está solicitando, la escuela de posgrado, un trabajo o una beca, y qué calificaciones se requieren para el puesto que busca. Considere sus habilidades en relación con su posición deseada para determinar su nivel de apoyo.

    Estructura la carta como un ensayo. Esto te ayuda a organizar de manera efectiva tus pensamientos. Su «tesis» es la razón por la cual el solicitante es un candidato fuerte, el cuerpo consta de varios ejemplos de apoyo y su conclusión establece claramente su recomendación. También comunica las fortalezas del alumno en el estilo y el formato esperados por la mayoría de los lectores.

    Incluya información sobre cuánto tiempo ha conocido al solicitante y en qué contexto, en la introducción. Identifícate como una referencia personal Escribir una referencia de personaje, si su experiencia con ella no se relaciona directamente con la posición que busca. Por ejemplo, si usted es su jefe, puede hablar con su confiabilidad y responsabilidad, pero no su habilidad como químico. Considere una referencia académica que da una recomendación académica si la ha tenido en varias clases o laboratorios relevantes.

    Escriba de dos a tres párrafos que expliquen las fortalezas del solicitante. Concéntrese en las cualidades que demuestren su distinción y coincidan con los requisitos del programa o trabajo. Respalde sus reclamos con ejemplos específicos, como un alto nivel de creatividad en la clínica que supervisó, para un estudiante que solicita un programa de grado de idioma. Cada párrafo debe consistir en un ejemplo diferente.

    ¿Cómo se debe redactar las recomendaciones?

    Si se le pide que proporcione una referencia para un trabajo específico, debe escribir la carta con los requisitos de ese trabajo en particular en mente.

    Lea cuidadosamente la publicación o la descripción del trabajo, buscando habilidades y conocimientos específicos que pueda incluir en la carta para su candidato.

    En su carta, tenga en cuenta dónde hay una coincidencia entre las calificaciones del solicitante y las responsabilidades del trabajo.

    Con una carta de recomendación general, enfóquese en los tipos o categorías de trabajos para los cuales la persona está solicitando. Sus ejemplos en este tipo de carta serán más amplios y menos específicos.

    Pregúntele a la persona a quien escribe para suministrarle una copia de la publicación de trabajo y su currículum o currículum vitae (CV) antes de comenzar a componer su carta. También puede ser útil revisar su carta de presentación para ver cómo ellos mismos presentan sus calificaciones para el trabajo.

    Cuando escriba una recomendación más general, solicite al tema de su carta que describiera sus objetivos para el empleo, junto con proporcionarle un ejemplo o dos de los trabajos que están solicitando.

    También pídales que compartan sus activos más comercializables para ese tipo de trabajo, especialmente los que puede haber observado en su relación con la persona que recomienda.

    Cuanta más información tenga sobre los trabajos o tipos de trabajos que solicita el candidato, más efectiva puede ser su recomendación.

    El primer párrafo de su carta debe explicar cómo conoce a la persona para quien está escribiendo. Haga referencia a su título de trabajo y el título de trabajo del individuo en el momento en que interactuó, así como la naturaleza de su relación, incluso si supervisó a la persona que recomienda.

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