La discriminación laboral es un problema grave que puede criar su cabeza en innumerables situaciones de trabajo. Es un problema en la contratación de decisiones, despidos, promociones del personal y muchas otras acciones comerciales. Debido a que las demandas por discriminación pueden ser costosas y llevar mucho tiempo para cualquier empleador, es mejor que las empresas con empleados estén bien versadas en las leyes nacionales y estatales que prohíben la discriminación y el acoso. Estas preguntas comunes y sus respuestas pueden proporcionar un conocimiento básico de los problemas.
La discriminación laboral es la decisión de no contratar o retener a una persona por razones de cualidades específicas. Varias leyes federales prohíben el tratamiento perjudicial en un entorno comercial basado en la edad, el sexo, la raza, la religión, el color, el origen nacional, la discapacidad, el embarazo e incluso la información genética. Las leyes estatales pueden definir estas restricciones aún más específicamente.
La orientación sexual no es una categoría protegida según la ley federal, también conocida como Título VII. Sin embargo, algunos estados prohíben la discriminación laboral basada en la orientación sexual.
Las empresas que tienen más de 15 empleados deben seguir las leyes federales de empleo. Algunos estados aplican estas reglas a los empleadores de todos los tamaños, y otras ciudades o municipios tienen leyes locales. Es responsabilidad de cada empleador conocer las leyes que existen en las regiones en las que opera la compañía.
No. Los candidatos de trabajo también están protegidos por las leyes federales y estatales contra la discriminación.
La frase «a voluntad» indica que un empleador puede despedir a un trabajador por cualquier motivo o incluso sin razón. Sin embargo, los empleados a voluntad aún disfrutan de protección bajo las leyes contra la discriminación, y si sienten que han sido terminados en función del tratamiento perjudicial, pueden presentar un reclamo contra su antiguo empleador.
¿Qué tratos no se consideran discriminatorios?
Cada vez que se encuentra la discriminación, el objetivo de la ley es poner a la víctima de la discriminación en la misma posición (o casi la misma) que él o ella hubiera sido si la discriminación nunca hubiera ocurrido.
Los tipos de alivio dependerán de la acción discriminatoria y del efecto que tuvo sobre la víctima. Por ejemplo, si alguien no es seleccionado para un trabajo o una promoción debido a la discriminación, el remedio puede incluir la colocación en el trabajo y/o el pago posterior y los beneficios que la persona habría recibido.
El empleador también deberá detener las prácticas discriminatorias y tomar medidas para evitar la discriminación en el futuro.
Una víctima de discriminación también puede recuperar los honorarios de los abogados, los honorarios de testigos expertos y los costos judiciales.
Se pueden otorgar daños compensatorios y punitivos en casos que involucran discriminación intencional basada en la raza, el color, el origen nacional, el sexo de una persona (incluido el embarazo, la identidad de género y la orientación sexual), la religión, la discapacidad o la información genética.
Los daños compensatorios pagan a las víctimas por los gastos de bolsillo causados por la discriminación (como los costos asociados con una búsqueda de empleo o gastos médicos) y compensarlas por cualquier daño emocional sufrido (como la angustia mental, el inconveniente o la pérdida de la vida de la vida ).
Se pueden otorgar daños punitivos para castigar a un empleador que ha cometido un acto de discriminación especialmente malicioso o imprudente.
Hay límites en la cantidad de daños compensatorios y punitivos que una persona puede recuperar. Estos límites varían según el tamaño del empleador:
- Para los empleadores con 15-100 empleados, el límite es de $ 50,000.
¿Qué diferencia de trato no se considera discriminatorio?
Tratamos a las personas de manera diferente todos los días. Cuando esté buscando una pareja, probablemente tendrá preferencia por un hombre o una mujer. O para alguien con cierto color de cabello o piel. Con una sonrisa alegre y hermosos dientes. O con el mismo gusto en la música. ¿Es esa es la discriminación también?
Si está organizando una fiesta, generalmente solo invitará a las personas que le gustan y que conozca bien. Otros son excluidos y no invitados. En la vida diaria distinguimos entre las personas todo el tiempo, en función de la edad, el género, los antecedentes, lo que sea. No siempre tratamos a todos por igual. Porque no todos son lo mismo.
Por lo tanto, es normal distinguir entre las personas y tratarlas de manera desigual. En la mayoría de los casos, a nadie le importará. Pero en algunas situaciones, no está bien e incluso está prohibido.
Un ejemplo. Negarse a contratar a alguien como asistente de dentista porque no tienen el diploma correcto no es la discriminación. Para hacer el trabajo correctamente, necesita un diploma. Todos entienden eso.
Pero rechazar a alguien por su antecedentes, color de la piel o orientación sexual es la discriminación. Porque significa hacer una distinción basada en una característica personal que es irrelevante para el trabajo del asistente del dentista. Esta forma de tratamiento desigual está prohibido, o debería serlo.
Puede hacer una distinción entre las personas, también basada en el color de género o de la piel. No está prohibido tener preferencia por un hombre o una mujer, por alguien con un color u origen específico de la piel. Simplemente no está permitido en situaciones en las que esa distinción en realidad no debería jugar un papel.
¿Qué es el derecho a la no discriminación?
El principio general de igualdad y no discriminación es un elemento fundamental del derecho internacional de los derechos humanos.
Una definición útil de no discriminación está contenida en el Artículo 1 (1) ILO 111, que establece que la discriminación incluye: cualquier distinción, exclusión o preferencia realizada sobre la base de la raza, el color, el sexo, la religión, la opinión política, la extracción nacional o Origen social, que tiene el efecto de anular o perjudicar la igualdad de oportunidades o tratamiento en el empleo u ocupación [?]. Por lo tanto, el derecho a la igualdad de tratamiento requiere que todas las personas sean tratadas por igual antes de la ley, sin discriminación. El principio de igualdad y no discriminación garantiza que aquellos en circunstancias iguales se traten igualmente en la ley y la práctica. Sin embargo, es importante enfatizar que no todas las distinción o diferencia en el tratamiento equivaldrán a la discriminación. En el derecho internacional general, una violación del principio de no discriminación surge si: a) los casos iguales se tratan de manera diferente; b) una diferencia en el tratamiento no tiene una justificación objetiva y razonable; o c) si no hay proporcionalidad entre el objetivo buscado y los medios empleados. Estos requisitos han sido expresamente establecidos por los organismos internacionales de supervisión de derechos humanos, incluido el Tribunal Europeo (ver, por ejemplo, Marckx v. Bélgica), el Tribunal Interamericano (ver, por ejemplo, la opinión de asesoramiento No. 4, párr. 57) y el Comité de Derechos Humanos (ver, por ejemplo, Comentario General 18, párr. 13 y Jacobs v. Bélgica).
El principio de igualdad puede, en ciertas circunstancias, requerir que un estado tome medidas afirmativas para disminuir o eliminar las condiciones que causan o ayudan a perpetuar la discriminación. El Comité de Derechos Humanos ha declarado claramente esta obligación en el comentario general 18, y el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales con frecuencia se refiere al deber de tomar medidas afirmativas en sus observaciones finales. Para un análisis posterior de este principio, ver i§3.b.
El derecho a la igualdad y la no discriminación se reconoce en el Artículo 2 UDHR y es una cuestión transversal de preocupación en diferentes instrumentos de derechos humanos de la ONU, como los artículos 2 y 26 ICCPR, Artículo 2 (2) ICESCR, Artículo 2 CRC, Artículo 7 CMW y Artículo 5 CRPD. Además, dos de los principales tratados de derechos humanos de la ONU se establecen explícitamente para prohibir la discriminación, CERD por el terreno de la raza y Cedaw en el terreno del género.
El principio de no discriminación e igualdad de trato también está contenido en instrumentos regionales, como el Artículo 2 Declaración estadounidense, Artículo 24 AChR y Artículos 2 y 3 ACHPR. A pesar del hecho de que el principio de no discriminación está contenido en todos los instrumentos de derechos humanos, solo unos pocos instrumentos proporcionan expresamente una definición de no discriminación: Artículo 1 (1) CERD, Artículo 1 Cedaw, Artículo 2 CRPD, Artículo 1 (1 ) OIT 111 y Artículo 1 (1) Convención contra la discriminación en la educación.
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